!NOTA IMPORTANTE¡ El programa REVIVAL ha sido suspendido definitivamente, sin embargo, puede encontrar coberturas muy similares en www.custodioalquilerseguro.es o pulsando sobre la imagen en la parte inferior.
Coberturas del extinto programa REVIVAL
VENTAJAS DE REVIVAL
- Cobro de la renta asegurada mientras haya inquilino.
- Devolución del inmueble en buen estado, teniendo en cuenta los desgastes propios del uso.
- Seguridad y cobertura jurídica en procedimientos judiciales.
- Seguro Multiriesgo Hogar.
- Asesoramiento inmobiliario y seguridad sobre el contrato
- Visita de inspección de su inmueble e inventario fotográfico
- Publicación de su inmueble en diversos medios
- Búsqueda y selección de inquilinos adecuados para su inmueble
- Gestión del cambio de suministros por nuestra parte
- Visita de inspección a la salida del inquilino para verificar el estado de la vivienda
REQUISITOS DE REVIVAL
- Disponer de viviendas situadas en localidades Castilla y León (capitales de provincia y su alfoz y municipios de más de 20.000 habitantes).
- La viviendas ha de estar vacías y disponible, con superficie útil ≤120 m² (sin incluir garajes, trasteros, bodega,...).
- Presentación de la ITE (Inspección Técnica del Edificio) dentro del año siguiente a aquel en que se cumplan cuarenta años desde su fecha de terminación. En su defecto, presentación de un informe de Inspección Técnica de la Vivienda "I.T.V."
- Estado de conservación y de habitabilidad aceptables.
- Que estén dados de alta los suministros de agua, luz y gas, si procede.
- Que tenga la cocina amueblada y equipada, como mínimo, con frigorífico, lavadora y aparato de cocina.
PROCEDIMIENTO
1. Presentar el "modelo de solicitud" cumplimentado (desde la web, por e-mail, fax, correo o en nuestras oficinas.
2. Nos encargaremos de inspeccionar la vivienda, durante la visita, necesitaremos que nos aporte la siguiente documentación:
- Copia de los D.N.I. de los propietarios.
- Copia de la escritura que acredite la propiedad de la vivienda (escritura de compraventa, de herencia, de donación,...).
- Nota simple de la escritura con fecha actual (solicitar en el Registro de la Propiedad).
- Último recibo del pago de la cuota de Comunidad.
- Último recibo del IBI.
Sólo en caso de Viviendas de Protección Oficial (VPO) de más de 10 y menos de 30 años, solicitará y recabará también una copia de la "Solicitud de Cédula de Calificación Definitiva y la Autorización de Cambio de Uso"
3. Le haremos llegar una "Propuesta de inscripción" con el precio de la "puesta a disposición" de la vivienda (renta, incluida la comunidad), es decir, el precio que le ofrece REVIVAL por su vivienda.
4. En caso de acuerdo, nos debe hacer llegar la "propuesta de inscripción" firmada, junto con la siguiente documentación:
- Certificado de titularidad bancaria (o fotocopia de la 1ª hoja de la cartilla) a nombre de todos los propietarios.
- 2 juegos de llaves de la vivienda.
- Última factura de los suministros (luz, agua y gas, si procede)
5. Cumplido el trámite anterior, el propietario recibirá de REVIVAL, por carta, el "Comunicado de inscripción" de su vivienda. En dicha carta figurará el importe que percibirá por la “puesta a disposición” de su vivienda a favor de Provilsa en el Programa REVIVAL. Este importe no se actualizará durante el periodo de inscripción, independientemente de que la cuota de la comunidad varíe durante este tiempo. No obstante, si la propiedad lo estima conveniente para facilitar el alquiler, siempre podrá autorizar a PROVILSA a rebajarlo.
Desde este momento, LA VIVIENDA ESTARÁ INSCRITA Y LISTA PARA ALQUILAR.
A partir de aquí, REVIVAL la ofrecerá en alquiler con el objetivo de encontrar un inquilino cuanto antes. Estará inscrita por un periodo de seis meses, prorrogable por otros seis.
La propiedad cobrará el importe de la "puesta a disposición" a partir del momento en que la vivienda tenga un inquilino y se firme un "contrato de puesta a disposición". En este contrato se estipulará el importe trimestral a percibir (renta, incluida la comunidad). y REVIVAL practicará la "retención a cuenta" correspondiente, en aplicación del art. 108 del Reglamento de I.R.P.F. En los Presupuestos Generales para el 2010 está fijado este porcentaje en el 19%.
A partir del primer año desde la fecha del contrato, se actualizará el importe de la "puesta a disposición" con el IPC anual vigente.
Si tiene una vivienda en propiedad, REVIVAL es un programa de alquiler seguro y efectivo, para que no se preocuope por el pago del alquiler o el estado de su vivienda.